jueves, 1 de enero de 2009

Cuernavaca, Morelos noviembre 11 del 2008
CC. Jefes de Sector, Supervisores y
Directores de Educación Básica en el estado de Morelos

Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 3º de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como 2º, 3º y 32 de la Ley General de Educación, en concordancia con
los Artículos 5, 6 y 14 de la Ley de Educación del Estado de Morelos, la autoridad educativa
tomará medidas tendientes a establecer las condiciones que permitan el ejercicio pleno del
derecho a la educación de cada individuo, así como el logro de la efectiva igualdad de
oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos.
Con ese propósito, se les hace de su conocimiento las acciones a realizar para el buen
desarrollo del ciclo escolar 2008-2009, por lo que deberán apegarse a dichas indicaciones.

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